El título de Capitán de yate permite el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, sin ningún tipo de limitación geográfica. Además permite el gobierno de motos náuticas, con independencia de su potencia.
Optativo Vela. Si se realizan 16 horas de prácticas reglamentarias de navegación a vela tendrá las mismas atribuciones que con el Título obtenido para motor. Si estas prácticas se han hecho para la obtención del el PER o PNB, ya no será necesario repetirlas.
Atribuciones
Hasta 24 metros de eslora
El título de Capitán de yate faculta para el gobierno de embarcaciones a motor de hasta 24 metro de eslora.
Motos de agua
Sin limitación de potencia, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a estas y de acuerdo con sus características.
Navegación diurna y nocturna
La navegación está permitida durante todas las horas del día, tanto de día como de noche.
Sin limitaciones geográficas
Con el título de Capitán de yate no se imponen limitaciones geográficas para la navegación.
Requisitos
Tener 18 años.
Estar en posesión del título de Patrón de yate.
Aprobar un examen tipo test de 40 preguntas de 2h y media.
Realizar prácticas de Seguridad y Navegación de 48h (36h han de ser en Régimen de Travesía).
Realizar un curso de radio-operador* de corto alcance de 12 horas.
Aportar un reconocimiento médico.
* No será necesario si ya se ha pasado con anterioridad.
Modalidades y precios
PRESENCIAL
Capitán de yate.
Duración: Cursos particulares por asignaturas. Consultar tarifas y fechas.
¡NO ESPERES MÁS Y RESERVA YA!
*Cuando recibamos tu correo, te contestaremos con toda la información que necesitas tanto del curso como para realizar el pago del mismo.
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Sedes para realizar prácticas
Una vez aprobado el examen teórico, tendrá un plazo de 24 meses para realizar las Prácticas Oficiales de su Título de Motor o Vela.
No obstante, podrá ir realizando las Prácticas Oficiales antes del examen teórico, si lo desea.
Para más información o si necesitas hacer las prácticas en un sitio diferente a los relacionados, llámanos al 914 014 020 y te buscaremos un contacto para llevarlas a cabo.
Según el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, se establece que se podrán realizar en cualquiera de nuestras Escuelas Homologadas asociadas, disponiendo de Embarcaciones de Motor y Vela acordes a las necesidades de cada titulación e impartidas por instructores profesionales.